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¡Reformemos los estatutos del PLD para que votemos por una persona, no por un número!

por Joaquín Alberto Ramírez

agosto 13, 2024
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Los dos documentos más trascendentales del presente congreso del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) son la Declaración de Principios y los Estatutos. Estos últimos, para parafrasear al fundador de la organización, Juan Bosch, son el plano de cómo debe estructurarse y funcionar el PLD, y como aspirante a la Secretaría General, es de nuestra mayor atención, por tanto, nos preocupa las propuestas que en vez de reducir el tamaño de los organismos de dirección pretenden, al menos, mantenerlos con el mismo número, pero establecer requisitos estrafalarios para ser miembros de ellos.

Aclaremos los requisitos

Para ser miembro del Comité Central ha llegado a la subcomisión de Estatutos una serie de propuestas que puede generar confusión. Se ha planteado que sería requisito haber sido presidente de comité intermedio, activista nacional, enlace o subsecretario de un municipio o seccional del exterior y coordinador de una corriente gremial en una provincia, pero no se distingue si es una de esas condiciones o son todas porque, además de ellas, hay que estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y político y haber permanecido cinco años de membresía.

Evidentemente que esa redacción es confusa. Se debe colegir que el tiempo de permanencia en el partido y ser hábil de los derechos son requisitos obligatorios, pero no deben ser el de ser gremialistas o presidentes de un comité intermedio por lo que sugerimos que mantengamos las actuales condiciones, pero los miembros del comité central deben ser elegidos a razón de 1 por cada 10 mil 500 electores agrupados por colegios electorales, primero, del mismo recinto, y luego de la misma demarcación, ya sea una circunscripción electoral, un distrito municipal o un municipio.

Debe ser un solo método para elegir a los miembros del CC

La separación de miembros electos por la vía nacional y por la local debe desaparecer en el partido morado. No tiene sentido desde el punto de vista que cuando la persona es electa ejerce las mismas prerrogativas en el seno del organismo; la vía nacional es de difícil selección para los organismos: 1) porque es poco probable para un compañero de Elías Piña valorar a un candidato nacional que milita en La Altagracia porque no tiene su historial político, y 2) por el pernicioso sistema de escoger simultáneamente 22, 35 miembros o los que fueran, lo que da pie para que los grupos hegemónicos diseñen lista de números (en los procesos electorales a cada candidatura se le asigna un número), y resulta que el elector vota por un número, y no por una persona, por fidelidad a quien le suministra la lista de los favorecidos. Eso no es democracia.

Es lamentable que en el pasado congreso se borró de los estatutos el criterio de que las direcciones del partido son elegidas sobre la base de la calidad política de sus integrantes. Al parecer se prefieren a los «leales» (que en el fondo no lo son) que a los capaces.

#PLD #ComiteCentral #Miembros #Estatutos #Requisitos

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Comments 1

  1. Foto del avatar Providencia says:
    2 años ago

    Cuando se vota por un número no se establece ningún vínculo entre el candidato y el elector y por lo tanto no existe compromiso alguno para poder emular o exigirle en caso de actuar correctamente o de no cumplir su compromiso como miembro de dicho organismo.

    Responder

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